Son numerosas las leyes que
el Estado mexicano ha generado y los tratados internacionales que ha firmado y
ratificado como reacción a la violencia de género en el país: la Ley General
para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; la Convención
Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores; la Convención
Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer; la Convención
Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer; la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; etcétera;
sin dejar de mencionar la existencia de múltiples protocolos, NOM, declaraciones,
estatutos y recomendaciones.
No obstante, millones de
mujeres en el mundo siguen siendo víctimas de discriminación y violencia. De
acuerdo con cifras del INEGI, existe un porcentaje más alto de mujeres víctimas
frente a hombres víctimas en los delitos de violación simple (82%), trata de
personas (81%), abuso sexual (79%), violencia familiar (79%), violación
equiparada (71%), otros delitos contra la familia (56%), y otros delitos contra
la libertad y seguridad sexual (83%). [1] Según este mismo
organismo, entre 2013 y 2014 siete mujeres fueron asesinadas diariamente en
México.[2] De acuerdo con el
Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), entre enero de 2012 y
diciembre de 2013 fueron asesinadas 3, 892 mujeres en México, y solamente el
15.75% (613) fueron investigados como casos de violencia basada en el género o
“feminicidios”. La mayoría de estos casos queda en la impunidad. [3] En noviembre de 2014,
diferentes organizaciones de la sociedad civil mexicana publicaron un informe
denunciando la existencia de una práctica de violencia física y psicológica,
específicamente de tortura sexual, en contra de mujeres que son atacadas y/o
detenidas por agentes de la policía, militares o marinos, usualmente en el
marco de las políticas de seguridad estatales.[4]
En definitiva, los
ordenamientos a que nos referimos al inicio de éste blog NO SIRVEN DE NADA SI
NO SE CUMPLEN; el problema de los derechos humanos en México es que las leyes y
tratados internacionales que los protegen se aplican en menos del 50% y las
violaciones masivas a los derechos humanos de las mujeres siguen vigentes.
[1]
Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Seguridad Pública y Justicia,
Víctimas, inculpados y sentenciados registrados, Víctimas registradas en
averiguaciones previas iniciadas y carpetas de investigación abiertas, por tipo
de delito según sexo 2012 (Porcentaje)
[2] INEGI,
Estadísticas a propósito del día internacional de la eliminación de la
violencia contra la mujer, 23 de noviembre de 2015. Disponible en:
http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/violencia0.pdf
[3]
Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Implementación del tipo penal
de feminicidio en México: Causas y consecuencias 2012 y 2013, noviembre de
2014, pág. 53.
[4] Centro
de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Comisión Mexicana de Defensa y
Promoción de los Derechos Humanos, Centro de Derechos Humanos de la Montaña
“Tlachinollan” y Asociadas por lo Justo, Rompiendo el Silencio: La obligación
de erradicar la tortura sexual a mujeres en México, 24 de noviembre de 2014.
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