El derecho a la alimentación es un derecho fundamental de todos los seres
humanos que ha sido definido por la Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la Agricultura como el derecho a alimentarse dignamente. Así
mismo, ha dicho que a nivel mundial, el derecho a una
alimentación adecuada ha sido un Derecho Humano legalmente vinculante en el
derecho internacional desde hace más de 35 años y desde entonces se han
otorgado garantías jurídicas adicionales a grupos específicos, como las
mujeres, los niños y las personas con discapacidades.[1]
El derecho a la alimentación
no hace como un derecho independiente, esto es, nace de la mano de un derecho a
un nivel de vida adecuado. El hambre es un problema de derechos humanos y el
Estado está obligado a proteger y garantizar este derecho.
El derecho a la alimentación
va de la mano de dos conceptos: la seguridad alimentaria y la soberanía
alimentaria, así como también está íntimamente ligado con la igualdad y la no
discriminación. Sin embargo, debemos tener presente que el derecho a la alimentación,
además, lo encontramos determinado por la cultura, la ideología y la religión.
La
garantía al Derecho a la Alimentación radica en el bien comer. Los procesos alimentarios
y su vulneración sistemática debido a los productos importados de otros países,
las sustancias que invaden los alimentos, tales como los transgénicos o el
jarabe de maíz de alta fructuosa que endulza el 95% de los alimentos así como
la penetración de comida basura, son los responsables de que en el grupo de edad de cinco a catorce años la desnutrición
crónica sea de 7.25% en las poblaciones urbanas, duplicándose la cifra en las
rurales. El riesgo de que un niño o niña
indígena se muera por diarrea, desnutrición o anemia es tres veces mayor que
entre la población no indígena. Además actualmente, México
ocupa el primer lugar mundial en obesidad infantil, y el
segundo en obesidad en adultos, precedido sólo por los Estados Unidos.[2]
Considero que nutrir es prevenir y para lograr la identidad, seguridad, soberanía y cultura alimentaria se deben incrementar puntos de venta de alimentos estratégicos, naturales y capaces de reducir el riesgo de enfermedades. El 13 de octubre del 2011 fue publicada la reforma al artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con esta reforma, el Estado mexicano reconoce constitucionalmente que “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará”. Gran paso dado por México en la lucha por el derecho a la alimentación, empero, garantizar su disponibilidad, accesibilidad, estabilidad y aprovechamiento humano son retos que aún quedan pendientes para un Estado Constitucional de Derecho.
Considero que nutrir es prevenir y para lograr la identidad, seguridad, soberanía y cultura alimentaria se deben incrementar puntos de venta de alimentos estratégicos, naturales y capaces de reducir el riesgo de enfermedades. El 13 de octubre del 2011 fue publicada la reforma al artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con esta reforma, el Estado mexicano reconoce constitucionalmente que “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará”. Gran paso dado por México en la lucha por el derecho a la alimentación, empero, garantizar su disponibilidad, accesibilidad, estabilidad y aprovechamiento humano son retos que aún quedan pendientes para un Estado Constitucional de Derecho.
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